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(Convención sobre la Evaluación del Impacto Ambiental)


(Protocolo sobre Evaluación Estratégica del Medio Ambiente de la Convención sobre la Evaluación del Impacto Ambiental en un Contexto Transfronterizo)

Las Partes en el presente Protocolo,

Reconociendo que es importante tener en cuenta el medio ambiente, incluida la salud, al elaborar y adoptar planes, programas y, cuando proceda, políticas y la legislación,

Resueltas a promover un desarrollo sostenible y basado, por consiguiente, en las conclusiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río de Janeiro (Brasil), 1992), en particular en los principios 4 y 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y en el Programa 21, así como en los resultados de la Tercera Conferencia Ministerial sobre el Medio Ambiente y la Salud (Londres, 1999) y de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Johannesburgo (Sudáfrica), 2002),

Teniendo presente la Convención sobre la Evaluación del Impacto Ambiental en un Contexto Transfronterizo, adoptada en Espoo (Finlandia), el 25 de febrero de 1991, y la decisión II/9 de las Partes reunidas en Sofía los días 26 y 27 de febrero de 2001, relativa a la elaboración de un protocolo jurídicamente vinculante sobre evaluación estratégica medioambiental,

Reconociendo que la evaluación estratégica medioambiental debería desempeñar un papel importante en la elaboración y adopción de planes, programas y, cuando proceda, políticas y legislación y que una aplicación más amplia de los principios por los que se regirá dicha evaluación a los planes, los programas, las políticas y la legislación reforzará aún más el análisis sistemático de sus importantes efectos sobre el medio ambiente,

Tomando nota de la Convención sobre el Acceso a la Información, la Participación del Público en la Adopción de Decisiones y el Acceso a la Justicia en Cuestiones Ambientales,
adoptada en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y de los apartados pertinentes de la Declaración de Lucca, adoptada por la primera Reunión de las Partes en esa Convención,

Conscientes, por lo tanto, de que es importante garantizar la participación del público en la evaluación estratégica medioambiental,

Reconociendo las ventajas que se derivarán para la salud y el bienestar de las generaciones actuales y futuras si se tiene en cuenta la necesidad de proteger y mejorar la salud de las personas como parte integrante de la evaluación estratégica medioambiental y tomando en consideración los trabajos dirigidos por la Organización Mundial de la Salud a este respecto,

Conscientes de la necesidad e importancia de fortalecer la cooperación internacional a los efectos de la evaluación de los efectos transfronterizos sobre el medio ambiente, incluida la salud, de los planes y programas propuestos y, cuando proceda, de las políticas y la legislación previstas,

- Convención sobre la Evaluación del Impacto Ambiental – Download

Fuente: UN
Wikipedia
PNUMA
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable – Ministerio de Salud y Ambiente - Argentina
Gobierno de Chile – Comisión Nacional del Medio Ambiente
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial – República de Colombia
Instituto Nacional de Biodiversidad – Costa Rica
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales – El Salvador C.A.
Autoridad Nacional del Ambiente – Panamá
Consejo Nacional del Ambiente – Perú
Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales – Republica Dominicana



CONVENCIÓN SOBRE LA EVALUACIÓN
DEL IMPACTO AMBIENTAL


Pick-upau – 2007 – Sao Paulo – Brasil
Haciendo con que entiendas el medio ambiente por entero.
Agencia Ambiental Pick-upau